El Artículo 46.2.i) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, al establecer los derechos y deberes de los estudiantes señala que éstos tendrán derecho a obtener reconocimiento académico por su participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación.
Con el doble objetivo de hacer efectivo el mencionado derecho, y de promover la formación integral de sus estudiantes, incentivando un espíritu participativo y de colaboración entre estudiantes y profesores, todos los Planes de estudio oficiales de la Universidad Rey Juan Carlos recogen un módulo formativo denominado “Reconocimiento Académico de Créditos”, al que se le ha asignado 6 créditos académicos.