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Información para docentes y alumnos del ISDAA

Reglamento Interno

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Normativas

Comité de Ética IUDAA

El Comité de Ética tiene como función velar por el respeto de los derechos y libertades de la Comunidad Educativa ante las actuaciones de sus miembros, con el fin de garantizarlos.

Competencias

 1. Independencia y Autonomía. Sus actuaciones no estarán sometidas a mandato imperativo alguno, vendrán regidas por los principios de independencia, objetividad, imparcialidad, confidencialidad, moderación, sentido de ecuanimidad y autonomía, y dará cuenta de su gestión, a través de un informe anual al Claustro del Instituto. Este Comité no estará obligado jerárquicamente a ninguna autoridad ni órgano de gobierno del Instituto y no podrá ser expedientado por razón de opiniones que formule en el ejercicio de sus competencias.

2. Preferencia: para el desarrollo de su labor, todos los órganos de dirección, administración, representación y gestión del Instituto están obligados a auxiliar, con carácter preferente y urgente al Comité.

3. El Comité se rige por la Ley 3/2020 de Educación, la Ley de Universidades y normas complementaria, el presente reglamento y aquellas normas que pudieran serle de aplicación.

4. Elección: Los miembros del Consejo de Dirección presentarán las propuestas de los candidatos que se seleccionarán entre los profesores o administrativos de la comunidad educativa del Centro o que presten servicios en él que serán elegidos mediante votación. El mandato será de 4 años y podrá ser renovable por una vez más.

5. Nombramiento: Una vez elegidos, el Director del Centro, a propuesta de los miembros del Consejo de Dirección, hará efectivos sus nombramientos.

6. Cese: A petición propia, por terminación de su mandato, por fallecimiento o incapacidad, por revocación del Claustro

7. Funciones. Recibir, oír y tramitar las quejas que presenten los miembros de la comunidad educativa, en las que se denuncien incumplimientos de la legalidad o cualquier otro perjuicio legítimo derechos de los denunciantes en sus relaciones con el Centro, aunque no se aprecie una infracción estricta de la legalidad.

8. Recabar de los distintos órganos o servicios, así como de las personas afectadas por las quejas cuanta información y documentación se estime oportuna para el cumplimiento de sus fines, con obligación de reserva, respeto, en todo caso, a las normas que sean de aplicación.

9. Efectuar las recomendaciones que considere adecuadas para la solución de las quejas sometidas a su conocimiento.

10. Elaborar cuantos informes y órganos le sean solicitados por autoridades y órganos universitarios y estime conveniente emitir en relación con sus actuaciones.

11. Realizar, a petición de las partes interesadas, actuaciones de mediación y conciliación que conduzcan a una solución rápida y eficaz de los asuntos sometidos a su consideración.

12. Asesorar a los estudiantes sobre los procedimientos administrativos existentes para la formulación de sus reclamaciones, sin perjuicio de las competencias de otros órganos administrativos.

13. Sugerir la modificación de la norma si el cumplimiento riguroso de esta pudiera provocar situaciones injustas o perjudiciales a los administrados.

14. Comunicar a los denunciantes el resultado de sus investigaciones mediante resolución. Instituto Superior de Danza “Alicia Alonso” Reglamento Interno 20

15. Realizar un informe anual al Claustro del Instituto.

16. Recabar el asesoramiento de expertos externos en caso necesario.

17. Crear cuantas comisiones resulten necesarias en la instrucción de expedientes informativos motivados por denuncias de las partes.

18. Promover la instrumentación de expedientes sancionadores calificando las faltas de acuerdo con la gravedad de los hechos contrastados.

19. Desarrollar los procedimientos necesarios para para que en todo proceso se mantengan los principios de equidad que establece la Constitución Española en el marco de la imparcialidad y confidencialidad, preservando siempre la identidad de las personas implicadas.

20. Cuales quiera otras funciones que le atribuya la Ley, los Estatutos de la Fundación, el presente reglamento o demás normativa aplicable.

Componentes

Presidente: Doña Carmen Caffarel, Catedrática de Comunicación URJC

Vicepresidente: Doña Alicia Salas Morillo, Profesora de Danzas Acrobáticas y Técnicas Circenses, Oficial de Salvaguarda de la Federación Andaluza de Gimnasia para la prevención del acoso y abusos sexuales.

Secretaria: Doña Leticia Pérez Cid, Directora del Fondo Documental y de Investigación »Alicia Alonso». Coordinadora de Convivencia

Vocal: Doña María Teresa Cobas, Profesora de Psicología, experta en temas de violencia de género.

Vocal: María del Pilar Ordoñez, Profesora de Música Aplicada a la Danza.

Vocal: D José Manuel García, Profeso de Danza Española, especialista en folklore.

Vocal: D. Dodanys Manuel García Aguilera, Profesor de Pedagogía, Diseño Curricular y Atención a la Diversidad

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Aulario IV.
Camino del Molino Nº5 28943, Fuenlabrada Madrid, España

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